Este Anexo VI fue revisado
que entró en vigor el 1 de julio de 2010. Este anexo establece límites
para las emisiones de óxido de azufre y óxido de nitrógeno de los gases de
escape de los buques y prohíbe las emisiones deliberadas de sustancias que
agotan la capa de ozono; las áreas de control de emisiones designadas
establecen estándares más estrictos para SO x , NO x y material particulado.
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- Historia de Marpol
- Anexo 1. Prevención de la contaminación por hidrocarburos.
- Anexo 2. Prevención de la contaminación por sustancias nocivas líquidas transportadas a granel.
- Anexo 3. Prevención de la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por mar en bulto.
- Anexo 4. Prevención de la contaminación por las aguas sucias de los buques.
- Anexo 5. Prevención de la contaminación ocasionada por la basura de los buques.
sábado, 14 de mayo de 2022
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Anexo 6 Reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por los buques (entrada en vigor: 19 de mayo de 2005).
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